CAMBIAR
BARBASTRO Y SU ABSTENCIÓN EN LA VOTACIÓN DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DEL
MATADERO MUNICIPAL
En el pasado pleno del Ayuntamiento de Barbastro (16-11-2015),
se puso el punto y final al contrato de explotación del Matadero Municipal con
la empresa que hasta entonces lo llevaba a cabo. Ramón Campo Nadal, concejal
por Cambiar Barbastro, asistió a siete reuniones previas al pleno (dos con la
empresa, una comisión informativa, una junta de portavoces, y tres con los
servicios técnicos del Ayto. por separado). Siendo suyo un voto negativo junto
con la oposición en la comisión informativa pero que derivó a la abstención en
conciencia en el pleno, lo que favoreció
indirectamente el voto de calidad del alcalde.
Esta abstención con conciencia y meditada tiene su
razonamiento que a continuación exponemos:
De un lado había razones de peso para la extinción de este
contrato con la empresa que hasta la fecha lo explotaba:
-
No existía contrato desde el 15 de abril de 2004.
-
No son posibles ni la prórroga del contrato caducado
ni una prórroga tácita por existir una ley que las prohíbe expresamente.
-
Los servicios jurídicos del Ayto. me informaron que la
mejor cobertura legal para la empresa, la continuidad de la actividad y el
mantenimiento de los diez puestos de trabajo, era la extinción del contrato
siempre que la empresa presente recurso al acuerdo del Ayto. y solicitud de
paralización de la ejecución del acuerdo; con ello ganamos todo el tiempo que
para el dictamen de la sentencia sea necesario.
Pero de otro lado, no estábamos de acuerdo en la extinción
por estas razones:
-¿Cómo
puede ser que esta empresa haya permanecido en el matadero desde el 2004 y sin
contrato?
-¿Por
qué el Ayto. no ha respondido al empresario a las varias solicitudes que éste le ha
enviado en orden a la renovación del contrato?
-¿Quién
le ha dado tanta confianza a la empresa como para que ésta haya invertido en el
inmueble, en la cadena de producción y en el sello de calidad, 379.000 € desde
el año 2007 hasta ahora?
-¿cómo
puede ser que la empresa, sin tener un contrato de arrendamiento del
Ayto., reciba subvenciones de la DGA?
-¿Por
qué el Ayto. presenta un requerimiento de cobro de 44.600€ referido al canon
del 25% de los beneficios empresariales desde el año 2000, siendo que los
dueños actuales de la empresa la adquirieron en el 2007?
-Por qué
la DPH en lugar de contestar a las
alegaciones presentadas por la empresa en julio del 2014, le envía un
requerimiento de apremio, con un 10% de aumento, a la cantidad de 44.600€
requerida por el Ayto.?
Con todos estos puntos, lo que decantó la abstención de
nuestra formación política fue que la
empresa no ha dispuesto de asesoramientos jurídicos y económicos acertados:
-No
ha presentado alegaciones, recursos y solicitudes de paralización a los
comunicados del Ayto. que iba recibiendo.
-
No ha incluido en los balances anuales los gastos e intereses de la inversión
que cada año iba realizando; de haber sido incluidos no hubieran existido
beneficios y la reclamación del canon no se hubiera producido.
- La
continuidad de los puestos de trabajo, de la actividad y el amparo jurídico
están más seguros ahora.
Cambiar Barbastro siempre con la preocupación máxima por los
diez puestos de trabajo existentes; motivados para que la actividad empresarial
continúe y a ser posible ejercida por la misma empresa; y decididos a asegurar
la mejor cobertura legal posible en esta situación; Ramón Campo se abstuvo y al
final del pleno solicitó al grupo de gobierno volver a calcular la deuda desde
el año 2007 y solicitar a DPH la retirada del embargo.











